Este artículo trata de la ley laboral de Brasil (CLT, NR-1, Ley 14.457 y normas relacionadas). No se aplica a otros países. Los textos originales están en portugués; esta es una traducción.
Desde el 26 de mayo de 2026, los factores de riesgo psicosociales forman parte de la gestión de riesgos ocupacionales de la NR-1. En la práctica, la empresa debe identificar, evaluar y tratar esos riesgos en su Programa de Gestión de Riesgos (PGR), igual que hace con el ruido o los productos químicos.
Qué cuenta como factor psicosocial
- Metas y ritmo incompatibles con el tiempo disponible.
- Falta de claridad sobre el papel de cada persona.
- Poco apoyo del liderazgo.
- Acoso y conflictos sin tratamiento.
- Jornadas que impiden el descanso.
Este último punto tiene un nuevo parámetro: según la Enmienda Constitucional 141/2026, el límite semanal baja a 42 horas en diciembre de 2026 y a 40 horas en diciembre de 2027, y el descanso semanal remunerado pasa a 2 días en la primera de esas fechas. Conviene revisar los turnos junto con el inventario.
Lo que la empresa debe tener a mano
- Un inventario de riesgos con esos factores, por área o función.
- Un plan de acción con responsable y plazo.
- Registros que muestren que la evaluación se hizo y se repitió.
¿Y las multas?
En junio de 2026, el Supremo Tribunal Federal (STF) suspendió por 90 días la aplicación de sanciones por estos puntos en el marco de la ADPF 1.316, sin suspender la norma, y el Pleno confirmó la decisión en agosto. En septiembre, el relator prorrogó la suspensión por otros 90 días, lo que lleva el plazo a diciembre de 2026, mientras la conciliación sigue en el propio tribunal. Es el tipo de asunto que cambia: consulte la situación actual con su abogado o con el SESMT (servicio de seguridad y medicina del trabajo) de la empresa. El deber de gestionar el riesgo continúa.
Cómo escuchar sin exponer a nadie
Una encuesta solo funciona si la persona confía en que no será identificada. Por eso el pulso psicosocial de IP es anónimo, trunca la fecha al mes y solo muestra resultados de grupos con 5 o más respuestas.
Fuente: NR-1 (norma brasileña de seguridad y salud en el trabajo), capítulo 1.5, modificada por la Portaria MTE 1.419/2024 (vigencia aplazada por la Portaria MTE 765/2025); STF, ADPF 1.316; Enmienda Constitucional 141/2026
Contenido informativo. No sustituye la orientación del abogado ni del responsable de seguridad en el trabajo de la empresa.